El diligenciamiento del Formulario 110 de la DIAN es una tarea crucial para las personas jurídicas y asimiladas en Colombia. Conoce las fechas y plazos clave que debes tener en cuenta para cumplir con esta obligación tributaria de manera oportuna.
Fecha de Cierre del Año Gravable:
El primer paso para determinar cuándo debes llenar el Formulario 110 es identificar la fecha de cierre de tu año gravable. Esta fecha suele coincidir con el final del año calendario, es decir, el 31 de diciembre.
Plazos de Declaración:
Los plazos para presentar el Formulario 110 varían según el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT) de tu entidad. Aquí te explicamos los plazos correspondientes:
● Dígitos terminados en 0 y 9: Tienen plazo hasta el 21 de marzo.
● Dígitos terminados en 1 y 2: Tienen plazo hasta el 22 de marzo.
● Dígitos terminados en 3 y 4: Tienen plazo hasta el 23 de marzo.
● Dígitos terminados en 5 y 6: Tienen plazo hasta el 24 de marzo.
● Dígitos terminados en 7 y 8: Tienen plazo hasta el 25 de marzo.
Es importante destacar que estos plazos corresponden a la presentación sin sanciones ni intereses. Si presentas el Formulario 110 después de estas fechas, podrías estar sujeto a sanciones por extemporaneidad.
Correcciones y Declaraciones Complementarias:
Si necesitas realizar correcciones o presentar una declaración complementaria del Formulario 110, es importante hacerlo dentro de los plazos establecidos. Para correcciones, cuentas con un plazo adicional de dos años contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo para presentar la declaración original.
Recuerda Registrar tu RUT:
Ahora que ya sabes Cuando llenar el Formulario 110 de la DIAN, Antes de llenar el Formulario 110, asegúrate de que tu Registro Único Tributario (RUT) esté actualizado. Debes verificar que toda la información esté correcta y corresponda al año gravable que declararán.